Esta reforma cuenta con el respaldo de gobernadores de provincias con fuerte desarrollo minero, en el marco de una estrategia más amplia orientada a atraer capitales y dinamizar la economía.
Cabe señalar que la Ley de Glaciares actual, sancionada en 2010, establece a los glaciares y al ambiente periglacial como bienes de carácter público y reservas de agua. También prohíbe la exploración y explotación minera e hidrocarburífera, la instalación de industrias y construcción de obras que puedan modificar la dinámica natural del hielo o la calidad del agua, mientras que el nuevo proyecto introduce un enfoque más flexible, basado en criterios de evaluación y segmentación de áreas.
ALGUNOS PUNTOS DE LA REFORMA
- Protección selectiva de glaciares: Solo serán protegidos plenamente aquellos glaciares considerados estratégicos o esenciales para el abastecimiento de agua.
- Fin de la protección automática en zonas periglaciares: Estas áreas dejarán de estar resguardadas por defecto y su protección dependerá de estudios técnicos específicos.
- Habilitación de actividades productivas: Se permitirá el desarrollo de proyectos mineros e hidrocarburíferos en zonas previamente restringidas, siempre que superen evaluaciones de impacto ambiental.
- Mayor protagonismo de las provincias: Cada jurisdicción tendrá la facultad de definir qué áreas proteger, cuáles habilitar y aprobar los estudios ambientales correspondientes.
- Reducción del rol del sistema científico: El Inventario Nacional de Glaciares pierde carácter vinculante y el control pasa principalmente a las autoridades provinciales.




