Luego de las elecciones del pasado domingo, este martes inicia el escrutinio definitivo, 48 horas después del cierre de los comicios, según lo establece la normativa vigente.
Ese plazo está determinado por el artículo 112 del Código Electoral Nacional, que fija que el recuento formal debe comenzar dentro de las 48 horas posteriores a la votación.
Con esta medida se garantiza que se reciban todas las urnas, actas y telegramas, especialmente desde zonas alejadas, y que el procedimiento se realice con la debida organización y supervisión judicial.
Este escrutinio tiene validez legal y es el que determina oficialmente los resultados de la elección.