La Corte Suprema de la Justicia se declaró no competente en la acción legal contra la Reforma de la Constitución de Jujuy presentada por el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Abogados del Noroeste Argentino en derechos humanos y estudios sociales (Andhes), Hijos y las comunidades de Santuario de Tres Pozos, Aguas Blanca y El Angosto.
En su revisión, el máximo tribunal de la República Argentina y órgano principal del Poder Judicial expresó que la causa remitida «es ajena» a su competencia originaria. En este sentido, decidió remitir a la Corte Suprema de la Provincia de Jujuy las actuaciones correspondientes a las acciones legales planteadas en contra de la reforma constitucional.