Este jueves, el presidente Javier Milei firmó el proyecto de ley de reforma laboral que el Gobierno enviará al Congreso y buscará aprobar en sesiones extraordinarias.
El mismo, cuenta con 71 páginas y 197 artículos, donde se introducen modificaciones en temas claves como indemnizaciones, salarios dinámicos, jornada laboral, vacaciones, despidos y banco de horas, entre otros.
- Reducción de aportes patronales. El proyecto baja contribuciones que pagan los empleadores al sistema de seguridad social y obras sociales para incentivar la generación de empleo.
- Nuevo sistema para indemnizaciones. Se crea el Fondo de Asistencia Laboral (FAL), financiado por un 3% de aportes del salario del empleado para pagar indemnizaciones por despido, separándolo de los aportes tradicionales.
Se prevé una reducción del cálculo indemnizatorio excluyendo aguinaldo, vacaciones y premios del conteo final, tomando un promedio salarial en lugar del salario más alto, y habilitando el pago en cuotas.
- Cambio en el cálculo de indemnizaciones. Ya no se incluirían conceptos como vacaciones, aguinaldo, propinas o premios al calcular indemnizaciones, lo que tiende a reducir su monto.
- Período de prueba. El texto señala que el contrato de trabajo por tiempo indeterminado se entenderá celebrado a prueba durante los primeros seis meses de vigencia.
A su vez, sostiene que cualquiera de las partes podrá extinguir la relación durante ese lapso sin derecho a indemnización. Así, el empleador no podrá contratar a un mismo empleado más de una vez utilizando el período de prueba.
- Flexibilización de las vacaciones. Se permitiría fraccionar las vacaciones en partes más cortas (mínimo de 7 días).
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Modificaciones a la jornada laboral. El proyecto habilita ampliar hasta 12 horas diarias de trabajo con descansos mínimos y crea mecanismos como bancos de horas para compensar horas extra con tiempo libre.
- Salarios y “salario dinámico”. Se define qué se considera salario y se habilitan pagos por productividad o mérito, que podrían negociarse por empresa o colectivo. Los sueldos se podrán pagar en pesos o moneda extranjera, pero también en alimentos, especie o viviendas.
Actualmente solo se puede abonar en pesos y se habilita hasta un 20% en especie. Se permiten negociaciones «dinámicas» que podrían condicionar las paritarias.
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Sindicato y retención de cuotas. Las empresas dejarían de retener automáticamente cuotas sindicales; esto solo podría ocurrir con autorización del trabajador.
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Convenios colectivos. Se elimina la ultraactividad (renovación automática de convenios) y se da prioridad a los convenios por empresa por sobre los de mayor ámbito.
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Limitaciones a huelgas y ampliación de servicios esenciales. Más actividades serían consideradas esenciales, con restricciones a asambleas y protestas, y sanciones por bloqueos o tomas en el lugar de trabajo.
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Beneficios fiscales a empresas. Incluye reducciones en impuestos (como Ganancias) y eliminación de algunos tributos para fomentar la inversión y contratación.




